sábado, 14 de junio de 2008

GLOSARIO

  • ZONA FRANCA: La zona franca es un área, un territorio o una región específica, delimitada dentro del territorio de un país, en la cual existen unas condiciones especiales que promueven y buscan el desarrollo del comercio exterior y de la industrialización.
  • ZONA PRIMARIA ADUANERA: Es el lugar del territorio aduanero nacional, habilitado por la autoridad aduanera, para que los agentes económicos del comercio exterior puedan realizar las operaciones de recepción, cargue, descargue, almacenamiento y movilización de mercancías.
    Las zonas primarias comprenden los muelles y puertos de servicio público, aeropuertos, depósitos públicos, privados e instalaciones industriales para desarrollar procesos de perfeccionamiento activo, los cruces de fronteras habilitados por normas de la Comunidad Andina de Naciones -CAN- y las vías terrestres permitidas para el traslado de mercancías bajo control aduanero hasta el lugar donde deban cumplirse las formalidades aduaneras.
  • ZONA SECUNDARIA ADUANERA: Es la parte del territorio aduanero nacional que no comprende la zona primaria aduanera. Es decir, que aquellos lugares no habilitados por la autoridad aduanera para la recepción, almacenamiento, movilización, cargue y descargue de mercancías objeto de comercio internacional, se constituyen en zona secundaria aduanera.
  • TERRITORIO ADUANERO NACIONAL: Demarcación dentro de la cual se aplica la Legislación Aduanera; cubre todo el Territorio Nacional incluyendo el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo.
  • TRÁNSITO ADUANERO: Es el régimen aduanero que permite el transporte de mercancías nacionales con destino, a la exportación o extranjeras de una aduana a otra, con suspensión de tributos y bajo control aduanero.
  • RÉGIMEN ADUANERO: Es el tratamiento aplicable a las mercancías sometidas al control y vigilancia de la autoridad aduanera, mediante el cual se les asigna un destino aduanero específico de acuerdo con las normas vigentes. Los regímenes aduaneros son importación, exportación y tránsito.
  • PRECINTO ADUANERO: Es el conjunto formado por un fleje, cordel o elemento análogo, que finaliza en un sello o marchamo y que dada su naturaleza y características permite a la autoridad aduanera, controlar efectivamente la seguridad de las mercancías contenidas dentro de una unidad de carga o unidad de transporte.
  • OPERADOR DE TRANSP. MULTIMODAL: Es aquella persona natural o juridica de caracter publico o privado, oficialmente autorizada, que suscribe el contrato de transporte multimodal, se hace responsable por la organizacion y ejecucion de este transporte.
  • OPERACIÓN TRÁNSITO ADUANERO: Transporte de mercancias en transito aduanero de una Aduana de partida a una aduana de destino.
  • MERCANCÍA PRESENTADA: Es la mercancía de procedencia extranjera relacionada en el Manifiesto de Carga y en los documentos que lo adicionen, modifiquen o expliquen, que ha sido puesta a disposición de la autoridad aduanera en la oportunidad señalada en las normasaduaneras.También se considera mercancía presentada la relacionada en los documentos habilitados como Manifiesto de Carga.
  • MERCANCÍA NACIONALIZADA: Es la mercancia extranjera cuya importacion se ha consumado legalmente, esto es cuando terminada la tramitacion fiscal ante la aduana, queda a libre disposicion de los interesados.
  • MERCANCÍA EN LIBRE DISPOSICIÓN: Es la mercancía que no se encuentra sometida a restricción aduanera alguna.
  • MERCANCÍA EN DISPOSICIÓN RESTRINGIDA: Es aquella mercancía cuya circulación, enajenación o destinación está sometida a condiciones o restricciones aduaneras.
  • MERCANCÍA DECLARADA: Es la mercancía nacional o extranjera que se encuentra descrita en una Declaración de Exportación, de Tránsito Aduanero o de Importación.
  • MENAJE: Es el conjunto de muebles, aparatos y demás accesorios de utilización normal en una vivienda.
  • MANIFIESTO EXPRESO: Es el documento que contiene la individualización de cada uno de los documentos de transporte correspondientes a las mercancías que son introducidas al territorio aduanero nacional o salen de él bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.
  • MANIFIESTO DE CARGA: Es el documento que contiene la relación de todos los bultos que comprenden la carga, incluida la mercancía a granel, a bordo del medio de transporte y que van a ser cargados o descargados en un puerto o aeropuerto, excepto los efectos correspondientes a pasajeros y tripulantes y que el capitán o conductor de dicho medio debe entregar con su firma a la autoridad aduanera.
  • INFRACCIÓN ADUANERA: Es toda acción u omisión que conlleva la transgresión de la legislación aduanera.
  • ENDOSO ADUANERO: Es aquel que realiza el último consignatario del documento de transporte, a nombre de un intermediario aduanero para efectuar trámites ante la autoridad aduanera. El endoso aduanero no transfiere el dominio de las mercancías.
  • DOCUMENTOS DE VIAJE: Son el Manifiesto de Carga, con sus adiciones, modificaciones o explicaciones, las guías aéreas, los conocimientos de embarque o cartas de porte, según corresponda, y el documento consolidador de carga y sus documentos hijos, cuando a ello haya lugar.
  • DERECHOS DE ADUANA: Son todos los derechos, impuestos, contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier clase, los derechos antidumping o compensatorios y todo pago que se fije o se exija, directa o indirectamente, por la importación de mercancías al territorio aduanero nacional.
  • EFECTOS PERSONALES: Son mercaderías de uso personal sin fines comerciales que se ingresan al territorio aduanero.
  • EMBALAJE: Cualquier medio material, que sirve para acondicionar, presentar, embalar, manipular, almacenar, conservar y transportar una mercancía. Todo aquello que agrupa, contiene y protege debidamente los productos envasados, facilitando el manejo en las operaciones.
  • EMPAQUE: El Empaque y etiquetado constituye la envoltura o protección que acompaña a un producto pero al mismo tiempo forma parte de sus características y cumple con varios objetivos.
  • ENVIOS DE CORRESPONDENCIA: Cartas, tarjetas postales, impresos, cecogramas y paquetes pequenos, designados como envio de correspondencia en las Actas de la Union Postal Universal vigentes actualmente.
  • ENVIO DE SOCORRO: Todas las mercancias tales como productos alimenticios, medicamentos, vestimentas, mantas, carpas, asi como casas prefabricadas, vehiculos u otros medios de transporte y cualesquiera otros materiales o elementos de primera necesidad remitidos para ayudar a las victimas de catastrofes naturales o de siniestros analogos.
  • ENVIOS URGENTES: Las mercancias que deben ser despachadas rapidamente y con preferencia, por razon de su naturaleza, porque constituyen envios de socorro o porque corresponden a una necesidad apremiante debidamente justificada. Estos se despacharan por la Aduana limitandose el control a lo estrictamente necesario.
  • EQUIPAJE: Objetos que lleven los viajeros a su salida o entrada al pais. Comprende los efectos de uso personal y otros que lleven en sus manos o en secciones de la nave o aeronave.
  • EQUIPAJE ACOMPAÑADO: El que trae o lleva consigo el viajero al momento de su arribo o salida del pais o aquel que llega con el viajero en el mismo medio de transporte en que arriba o sale del pais.

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