martes, 3 de junio de 2008

TRATADOS DE COMERCIO INTERNACIONAL

  • ATPA: TRATADO ANDINO DE PREFERENCIAS ARANCELARIAS

La "Ley para la Erradicación de Drogas y Promoción del Comercio Andino", mejor conocido como Atpdea o Atpa representa el compromiso o mejor, la responsabilidad compartida de los países andinos y los Estados Unidos en la lucha contra la producción y el tráfico ilícito de drogas.El Atpa que fue expedido, el 4 de diciembre de 1991 por el Presidente de los Estados Unidos, George Bush, se hizo efectiva a partir de julio de 1992, cuando el mandatario designó como beneficiarios del mismo a Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú.El enfoque del Atpa explica cómo entre las principales razones que llevaron a que el Congreso de los Estados Unidos decidiera apoyarlo, se encuentran que este "ha sido un elemento clave para la estrategia estadounidense contra los narcóticos en la región Andina, ya que promueve la diversificación de las exportaciones y el desarrollo económico de forma amplia, proporcionando alternativas económicas sostenibles para la sustitución de cultivos de drogas"; como se explica en el texto de la Ley.Además, se menciona cómo la región andina sigue amenazada por la inestabilidad política y económica, y por la fragilidad y vulnerabilidad frente a las consecuencias de la guerra contra las drogas; lo cual en últimas, constituye una amenaza frente a los intereses de seguridad no sólo de Estados Unidos sino del mundo.Sin embargo, estos no son los únicos objetivos que persigue el Atpa. También está el estimular el empleo, fortalecer la economía y promover la inversión extranjera.Precisamente, los buenos resultados que ha arrojado el Atpa para la economía de los países hacen parte de otro de los motivos que llevó a que el Legislativo considera conveniente renovarlo.

  • ATPDEA: TRATADO DE PREFERENCIAS ARANCELARIAS PARA APOYAR LA LEY DE ERRADICACIÓN DE CULTIVOS ILÍCITOS, DROGAS Y APOYAR EL COMERCIO.


El ATPDEA estableció que para estas preferencias se deberán llevar a cabo unos procedimientos aduaneros relacionados con el origen, similares a los establecidos en el Artículo 502 (1) de NAFTA para los productos que son objeto de trato preferencial. De igual manera, se establece que el Servicio de Aduanas de los Estados Unidos deberá presentar al Congreso, antes de octubre 1 de 2003, un estudio de los países ATPDEA que muestre el grado de cooperación con los Estados Unidos para evitar y castigar la triangulación. Normas de OrigenSi no se establecen requisitos específicos de origen (como confecciones y atún), los productos deben cumplir con las siguientes condiciones para gozar de los beneficios:Ser importados directamente al territorio aduanero de los Estados UnidosHaber sido producidos totalmente en un país beneficiario, oQue el valor de contenido regional sea al menos un 35% de países ATPA. Es decir que un producto será elegible para el tratamiento preferencial únicamente si la suma del costo o valor de los materiales producidos en un país ATPA mas los costos directos de las operaciones de procesamiento realizadas en un país o países beneficiarios ATPA, es superior al 35% del valor calculado del artículo terminado al momento de su entrada a los Estados Unidos. La ley establece que para el cumplimiento de la regla del 35%, al hablar de beneficiarios ATPA incluye también a Puerto Rico, Islas Vírgenes y los países beneficiarios del CBI y que cualquier costo o valor de materiales o costos directos de operaciones de procesamiento atribuibles a Islas Vírgenes o países beneficiarios del CBI, deben incluirse en el producto antes de realizar la exportación final a los Estados Unidos desde un país beneficiario ATPDEA. Adicionalmente establece que n monto que no exceda el 15% del valor calculado del producto al momento de su entrada, puede ser atribuido al costo o valor de los materiales producidos en el territorio aduanero de los Estados Unidos (diferentes del Estado Asociado de Puerto Rico).

  • ACUERDO CON CHILE:


FECHA DE INICIO: 6 DE DICIEMBRE DE 1993
Objetivo: Establecer un espacio economico ampliado de conformidad con lo establecido en el tratado de Montevideo en 1980 y la eliminacion total de los aranceles para el 86% del comercio global.

  • ACUERDO CON CUBA:


FECHA DE INICIO: 1994
Nacio con los productos de arroz y tabaco en el area agricola (papa, algunas frutas) de clima frio.

  • ACUERDO CON PANAMA:


FECHA DE INICIO: 2000
Entrega el canal para transportar productos y comercializarlos.

  • ALADI:


FECHA DE INICIO: 1980
Paises latinoamericanos. Colombia, Bolivia, Ecuador, Paraguay, Chile, Peru, Uruguay, Cuba, Argentina,Brasil, Mexico.
Esta asociacion se hizo para fortalecer la economia de cada uno de los paises con su comercializacion de sierto productos relacionados con un % bajo de arancel.

  • AELC: ASOCIACIÓN EUROPEA DE LIBRE COMERCIO


FECHA DE INICIO: 1960
Países Australia, Dinamarca, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza, El Reino Unido, Finlandia e Islandia.
Objetivo: Establecer preferencias arancelarias a unos proyectos de interés común.

  • AELI: ASOCIACIÓN EUROPEA DE LIBRE INTEGRACIÓN


FECHA DE INICIO: Finales de 1960
Países Austria, Dinamarca, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza y Francia.
Objetivo: Intercambiar bienes y servicios con el fin de acabar con los aranceles.

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